Propuesta de Acciones a emprender por Un Mejor Municipio
1.- Debemos evaluar de manera objetiva la importancia de los Consejos Comunales, así como su ingerencia en diferentes ámbitos, tales como: Representatividad de las comunidades ante le gobierno municipal, estadal y nacional, en este sentido, debemos convertirnos en impulsores y difusores de esta instancia, comenzando en donde vivimos, realizando un acompañamiento que fomente el compromiso con la organización mas no una dependencia, todo esto con el fin de contribuir a la re-institucionalización de la nación.
En lo inmediato, los Consejos Comunales tienen ingerencia en la designación de los miembros del Consejo Local y del Consejo Estadal de planificación, además en la elección de los Jueces de Paz (algo que debemos promover también) y son quienes presentan ante las diferentes instancias planes y proyectos para la mejora de la calidad de vida de la comunidad. Adolecen de información y de asesoría en la elaboración de proyectos.
2.- En cuanto a
3.- Se esta discutiendo una reforma de
“Al menos el veinte por ciento de los recursos asignados anualmente a las Gobernaciones y Alcaldías será utilizado para financiar proyectos que las comunidades organizadas, asociaciones vecinales y organizaciones no gubernamentales presenten a dichas entidades.”
4.- Nos debemos convertir en difusores de los métodos para la elaboración del presupuesto Municipal y regional, las Alcaldías, en su mayoría, no cumplen lo siguiente:
Artículo 230. De los ingresos previstos en el presupuesto municipal se destinará como mínimo, el cincuenta por ciento (50%) para ser aplicado a gastos de inversión o de formación de capital, entendiendo como gasto de inversión aquellos a los que le atribuye tal carácter
Artículo 231. El presupuesto de inversión está dirigido al desarrollo humano, social, cultural y económico del Municipio, y se elaborará de acuerdo con las necesidades prioritarias presentadas por las comunidades organizadas, en concordancia con lo estimado por el alcalde o alcaldesa en el presupuesto destinado al referido sector y con los proyectos generales sobre urbanismo, infraestructura, servicios y vialidad.
A estos fines, regirá el procedimiento siguiente:
En el mes de julio de cada año el alcalde o alcaldesa entregará al Consejo Local de Planificación Pública la cifra o monto total de inversión de cada sector, incluyendo los detalles a que haya lugar. Entre los meses de agosto y octubre se activará el presupuesto participativo de conformidad con lo establecido en la presente Ley.
Artículo 268. El presupuesto participativo es el resultado de la utilización de los procesos mediante los cuales los ciudadanos y ciudadanas del Municipio proponen, deliberan y deciden en la formulación, ejecución, control y evaluación del presupuesto de inversión anual municipal. Todo ello con el propósito de materializarlo en proyectos que permitan el desarrollo del Municipio, atendiendo a las necesidades y propuestas de las comunidades y sus organizaciones en el Consejo Local de Planificación Pública.
5.- En cuanto al régimen impositivo, JVR propuso en una oportunidad
6.- Toda la información anterior se apoya en la conformación de equipos municipales informados y motivados, con material de apoyo, el volanteo debe hacer hincapié en estos aspectos, en la posibilidad que las mismas comunidades participen en la toma de decisiones, en eliminar la dependencia de una persona o gobierno y en que en sus manos y con nuestro apoyo tendrán una mejor comunidad, enfatizando con lo que auspiciamos es Un Nuevo Tiempo, un tiempo mejor, con tolerancia y verdadera participación y no subordinación, queremos ciudadanos no súbditos.
Ing. Eduar Yépez
Los Guayos
Cel 0424 4263864
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